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Inclusión y empleo público para personas con discapacidad: Avances de sentencia Guevara Díaz vs Costa Rica

El caso “Guevara Díaz vs Costa Rica” fue un largo litigio judicial internacional que finalmente tuvo su sentencia el 22 de junio del 2022, luego de casi dos décadas de proceso en el sistema judicial interno y en el interamericano. 

Los hechos iniciaron el 4 de junio del 2001, cuando Luis Fernando Guevara Díazfue nombrado de forma interina en el puesto de Trabajador Misceláneo 1 en el Ministerio de Hacienda, , pero no fue seleccionado para el mismo puesto en propiedad en razón de su discapacidad, a pesar de haber obtenido las calificaciones más altas.. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado Costarricense violó el derecho de igualdad ante la ley, la prohibición de discriminación y el derecho al trabajo. Por su parte, el Estado reconoció su responsabilidad por transgredir los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Luis Fernando.

La Corte IDH declaró que en su momento el Estado Costarricense no resguardó el derecho de igualdad ante la ley, la prohibición de discriminación y el derecho al trabajo de Guevara. Empero, destaca la forma en que el Estado reconoció su responsabilidad al no resguardar los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Luis Fernando. 

Los productos de comunicación  que resumen lo acontecido, fueron elaborados por iniciativa de Cancillería  y UNFPA Costa Rica con la idea de informar a la ciudadanía sobre este caso que marca un hito en los derechos de las personas con discapacidad de la región al reforzar la responsabilidad de los Estados para promover y garantizar la no discriminación, la inclusión y permanencia en el trabajo de personas con discapacidad.

Los productos son:

 

Video animado:

Caso Guevara Díaz vs Costa Rica - Historia del caso

Caso Guevara Díaz vs Costa Rica - Cómic

Folleto resumen

Documento infográfico que explica en detalle el caso.

Historieta

Historia gráfica que narra los acontecimientos del caso.

El material cumple con estándares de accesibilidad, como subtítulos e interpretación LESCO en el video, y lectores de pantalla en el caso de los materiales gráficos cuando son vistos en formato digital. 

 

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